lunes, 20 de septiembre de 2010

Derecho Constitucional!


DERECHO CONSTITUCIONAL
I.                    Generalidades
Según el Lic. De León Carpio:  El Derecho Constitucional como ciencia, lo encontramos dividido en tres ramas fundamentales:

Derecho constitucional particular: Es el estudio y análisis del ordenamiento constitucional de un Estado particular, mediante la exposición doctrinarias y legal de sus variadas modalidades de organización y de funcionamiento, para llegar a través de sucesivas abstracciones de las diferentes normas e institutos, a conceptos y principios más amplios y generales que, sin embargo, encuentran siempre su fundamento y juntamente su campo de aplicación en aquel determinado Derecho Positivo.

Derecho Constitucional General: Es aquel que toma como base de sus investigaciones, no sólo un ordenamiento constitucional sino múltiples, con el objeto de disciplinar las normas que presenten características típicas, las instituciones similares o bien algunas diferencias muy conspicuas, llegando a esquemas más amplios de las distintas concepciones políticas y jurídicas, así como de los elementos económico-sociales que integran la organización de los diferentes ordenamientos constitucionales que existen y en las causas que los producen, pudiendo así establecer a qué tipo de éstos pertenece determinado ordenamiento constitucional.

Derecho Constitucional Comparado:  Es aquel que se dedica al estudio y confrontación de las normas constitucionales de los diversos sistemas que rigen en diferentes países, y destaca las notas similares o diferenciadoras de esos sistemas, así como de las instituciones que forman el Estado.

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